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Nota de opinión
Erosión costera: Un problema que sufre el litoral marítimo bonaerense
Por Gustavo Vignali, senador provincial por la UCR, especial para Agencia NOVA.
  
El legislador bonaerense Gustavo Vignali.

          La Cámara de Senadores de la Provincia aprobó un proyecto de solicitud de informes al Poder Ejecutivo bonaerense referido al proceso de erosión que sufre el litoral marítimo, cuya autoría me pertenece.

 

El pedido de informes está motivado por la grave situación en que se encuentran las costas del litoral marítimo de la Provincia a partir del proceso de erosión que se intensifica año a año, a partir de la destrucción de las dunas costeras.

 

En este proceso de degradación, la actividad minera de extracción de la arena de playas y dunas, en forma absolutamente irresponsable, como también un inadecuado planeamiento urbano.

 

Los devastadores efectos de la erosión se presentan, por ejemplo, en la zona de médanos, que va desde San Clemente del Tuyú hasta Mar Chiquita, y que determina una situación límite que meritúa tomar rápidas y eficaces soluciones.

 

El fenómeno mencionado no se produjo a partir de un hecho de la naturaleza, sino del proceso de urbanización del lugar absolutamente irresponsable, como también por los millones de toneladas de arena que se han extraído y se siguen extrayendo de la costa respectiva.

 

De más está decir que gran parte del volumen de arena extraído se lleva a cabo sin mediar autorización de los respectivos municipios, y menos de la autoridad provincial competente.

 

En este sentido, puedo citar a partir de una denuncia publicada por la Fundación Nuestro Mar, que en el Partido de La Costa, en la zona del faro de Punta Médanos, el municipio saca arena con palas mecánicas y camiones oficiales, sin conocerse el destino de la misma. De esta manera se modifica el perfil natural de la playa causando trastornos irreversibles.

 

A tal punto llega la gravedad de los hechos descriptos, que no se espera que las arenas de distinta granulometría salgan del mar, ya que las mismas son extraídas del mismo con las palas mecánicas mencionadas anteriormente.

 

Otro caso de suma gravedad son las extracciones acaecidas en el municipio de Pinamar, donde en el marco de un expediente la empresa arenera Etlar, denunció ante las autoridades municipales el hecho de ver pasar camiones llenos de arena provenientes de dichas costas.

 

Frente a estos hechos, es evidente que tanto los municipios involucrados como el Ejecutivo provincial no despliegan las acciones pertinentes para prevenirlos y por lo tanto evitarlos. Es más, constituye un hecho notorio que el hurto de arena, que es de uso local, se lleva a cabo durante el transcurso del día, mientras que la arena que sale de los distritos se extrae en horas de la noche.

 

Y en consonancia con lo descrito en ocasión de una publicación en el portal “Ecoportal”, titulada “Salven las playas argentinas”, la licenciada en Sociología Luisa Landeretche, entre otros aspectos, expresa que existe una denuncia firmada por particulares, y presentada en la Secretaría de Política Ambiental de la provincia de Buenos Aires en el mes de mayo de 2003, respecto a la situación crítica de Pinamar en lo que al hurto de la arena se refiere, resaltando posteriormente que la Provincia no asume su obligación de preservar el recurso.

 

Volviendo a los graves aspectos del proceso erosivo, es importante señalar el achicamiento de las playas que ha sufrido la localidad de Pinamar. El mismo  llegó a los 20 metros en algunos lugares, dato que surge a partir de un informe llevado a cabo por la Universidad Nacional de La Plata que data de hace 10 años.

 

Entre las causas que originaron este fenómeno, encontramos en primer lugar la construcción de la Avenida del Mar, que insólitamente el intendente de dicha localidad pretende asfaltar. Circunstancia ésta que profundizaría el proceso en cuestión, como también las construcciones llevadas a cabo en las playas.

 

Otras manifestaciones del proceso de erosión sobre nuestras costas se presentó claramente desde el momento en que el tramo de la Ruta Interbalnearia,   comprendido entre la ciudad de Mar del Plata y Santa Clara del Mar, debió ser reconstruido en tres oportunidades por pérdida de costas y derrumbes sucesivos. Cientos de rocas fueron colocadas sobre el acantilado para ayudar a contener el avance del mar, pero no fue suficiente para lograr el objetivo.

 

Siendo evidente que el proceso erosivo que sufre el litoral marítimo de la provincia de Buenos Aires viene manifestándose hace décadas y se profundiza con el transcurrir de los años, es realmente llamativo como preocupante que el Gobernador (Felipe Solá), recién en estos momentos considere la posibilidad de declarar la zona en cuestión en estado de emergencia, como también el hecho que manifieste que “es necesario contar con un estudio científico para que las obras que se realicen en un distrito no perjudiquen a otro”. Es razonable suponer que el estudio mencionado, y no comenzado, debería haber sido ya concluido y  presentado a los municipios involucrados.

 

En este aspecto, debo reconocer como un ejemplo de políticas públicas realmente eficaces, tendientes a la preservación del recurso natural, como al reestablecimiento del equilibrio ambiental, las desarrolladas por el Municipio  de la ciudad de Villa Gesell, que se tradujeron concretamente en recuperar más de 40 mil metros cuadrados de playa. Entre las medidas adoptadas podemos destacar la eliminación de ocho cuadras que se encontraban en la Costanera, a la altura del centro de la ciudad, convirtiéndose en playa; es decir, sacando tierra y colocando arena en su lugar. También se destacan las obras de enquinchado, por medio de la colocación de palos de álamos negros en distintos sectores de médanos. A su vez se construyó una pasarela costera de madera levantada a un metro del suelo, constituyéndose en un paseo que puede ser llevado a cabo tanto caminando como en bicicleta, ya que se prohíbe terminantemente el tránsito de autos.

 

Por lo tanto, es de mi interés tener un acabado conocimiento acerca de las medidas que ha adoptado y proyecta llevar a cabo el Poder Ejecutivo a través de  la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia, con el objeto de contrarrestar el proceso erosivo de consecuencias devastadoras para nuestras costas, como también aquellas que se refieran a la erradicación definitiva del hurto de millones de toneladas de arena.

 

Teniendo en cuenta que las provincias ejercen con relación al mar todos los derechos inherentes a su calidad de propietarias, competiéndoles el derecho exclusivo de dictar todas las medidas pertinentes relacionadas a la utilización del mismo, como todas las que respecten al aprovechamiento de salinas, arenas y piedras.

 

Principalmente considerando que el derecho a vivir dentro de un medio ambiente sano y equilibrado está consagrado en la Constitución Nacional, cuando en su articulo 41 establece: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”.

 

“Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales”.

 

”Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”, y en la de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo 28, cuando establece: “Los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras.

 

La Provincia ejerce el dominio eminente sobre el ambiente y los recursos naturales de su territorio incluyendo el subsuelo y el espacio aéreo correspondiente, el mar territorial y su lecho, la plataforma continental y los recursos naturales de la zona económica exclusiva, con el fin de asegurar una gestión ambientalmente adecuada.

 

“En materia ecológica, deberá preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo; prohibir el ingreso en el territorio de residuos tóxicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales”.

 

“Asimismo, asegurará políticas de conservación y recuperación de la calidad del agua, aire y suelo compatible con la exigencia de mantener su integridad física y su capacidad productiva, y el resguardo de áreas de importancia ecológica, de la flora y la fauna. Toda persona física o jurídica, cuya acción u omisión pueda degradar el ambiente está obligada a tomar todas las precauciones para evitarlo”.

 

Es de nuestro interés tener un real conocimiento de las medidas que ha adoptado y proyecta llevar a cabo el Poder Ejecutivo a través de  la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia, con el objeto de contrarrestar el proceso erosivo  de consecuencias devastadoras para nuestras costas, como también aquellas que se refieran a la erradicación en forma definitiva de millones de toneladas de arena.

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